Javier Marco Cano

Economista, Abogado, Auditor de Cuentas.
Socio de Serrano 41 Auditores, S.L.

La confianza es el activo inmaterial que más influye en el devenir económico y social de una organización y que afecta

también al desarrollo de un país. Este valor se ha ido perdiendo a lo largo de los años pasados siendo necesario que se recupere de forma que se pueda tener la tranquilidad ne

cesaria para el correcto progreso económico y social, aspecto básico para un desarrollo adecuado.

Código Olivencia, Código Conthe, Actuaciones de la CNMV, trabajos de transparencia de los consejos de Administración…

todos estos modelos de actuación son conocidos en el ámbito de las entidades mercantiles, sobre todo en las cotizadas. En las pequeñas y medianas empresas existen otros, pero dado el matiz de tamaño, coste y de importancia pública son menos conocidos.

Con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, ahora en sede parlamentaria, se dota de un marco normativo a la Administración Pública que permitirá un nuevo aspecto que es necesario dentro de la misma, independientemente del alcance de esta nueva Norma y de sus posibles deficiencias.

Ahora, la necesidad de transparencia es mayor, no ya por los acontecimientos que se van conociendo tanto en el ámbito privado (Pescanova, JP Morgan), como en el caso público (Bárcenas, Urdangarín), sino por la necesidad de actuar de conformidad con la racionalidad económica, la ética y de un nuevo marco que permita asegurar la confianza, aspecto esencial en la actividad no ya sólo económica sino también social y democrática.

Ahora también disponemos de una nueva Herramienta capaz de iniciar los trabajos para que las actuaciones de las ONGD sean más transparentes y permitan, en la medida de lo posible, garantizar el uso de los

medios económicos y financieros que son aportados, no ya por entidades públicas sino por personas físicas.

Además cuenta con un elemento de confianza adicional, que es el uso del Informe de Procedimientos Acordados, firmado por un Auditor de Cuentas, que permite corroborar por profesionales externos, acreditados y con responsabilidad, acerca del cumplimiento de estos indicadores.

Esta Herramienta, que supone la adopción de determinados parámetros dentro de la Transparencia y el Buen Gobierno, permite obtener un mayor grado de confianza dentro de las entidades sin ánimo de lucro. Esto es así, porque se basan en una serie de indicadores que permiten no ya asegurar, sino trasmitir una forma de organización y una gestión más acorde con la situación actual, adaptando su funcionamiento a una actuación más lógica, transparente y limpia, que si bien no fuera de toda duda, si con un grado de confianza mayor.

Obviamente, la Herramienta no garantiza las actuaciones de las ONGD y desde luego, no es el seguro suficiente para poder tener la certeza de que las actuaciones sean las adecuadas. Lo que sí está claro, es que la Herramienta, tanto desde el punto de vista de sus indicadores de transparencia como de buen gobierno, incluye todos los aspectos necesarios que permitan tener confianza en la correcta actuación de las entidades. El mero hecho de someterse a esta Herramienta, repito, verificada por un fedatario público con emisión del informe correspondiente, es significativo de que las intenciones y las actuaciones de la entidad son las adecuadas y están dentro de un marco válido de actuación.

Además, el hecho de que esté verific

ado por auditores aporta un grado mayor de confianza. Sí he de recalcar que no es un informe recurrente como con el que los auditores revisamos las cuentas anuales  -aspecto que se circunscribe a verificar si éstas cumplen la imagen fiel de la entidad, tanto en sus aspectos económicos como financieros. Esta Herramienta va más allá de las cuentas anuales. Los indicadores incluidos en ella soportan un contenido que supera los aspectos anteriores y aportan, en el caso de cumplimiento,  un mayor grado de confianza.

Es conocido, que también dentro del ámbito de las entidades sin ánimo de lucro se han producido determinadas actuaciones que no han sido válidas, no ya desde el punto de vista legal, sino desde el punto

de vista económico y social.  Los indicadores de la Herramienta suponen no solo ya el cumplimiento de una serie de aspectos esenciales dentro de las organizaciones, sino una herramienta de gestión y de mejora. Esto garantiza la confianza en el sentido de que una mejor gestión mejora la calidad y por ende, mejora la transparencia.

La Herramienta debe de ser un instrumento vivo y no se puede anclar en los indicadores actuales, que si bien hemos de reconocer que son muy exigentes y hoy perfectamente adecuados permitiendo un mayor grado de confianza, mañana puede que no lo sean.

A modo de ejemplo, un potencial aspecto que deberá ser incluido en los indicadores es el que apunta la futura nueva modificación del Código Penal, que incluirá un nuevo artículo 286/7, en el que se tipifica y pena a todos los responsables legales de las entidades (incluidas ONGD) que omitan la adopción de las medidas de vigilancia y control que resulten exigibles para evitar

la infracción de deberes o conductas tipificadas como delito. Es un paso adicional en referencia al ya conocido artículo 31 bis de la reforma del año 2010.

Nuestra experiencia en la revisión de la Herramienta a través de la verificación de los indicadores, ha sido positiva a dos niveles. El primero de ellos es que en relación a los trabajos de revisión de diferentes entidades en ejercicios previos, algunos indicadores no se cumplían y en revisiones posteriores, sí se han cumplido. Esto indica que las organizaciones utilizan la Herramienta no solo para mejorar el grado de confianza en sus actuaciones sino como un elemento de gestión y de mejora de las mismas.

El segundo de ellos es que si bien sus indicadores son exigentes, según nuestra experiencia se  está haciendo  un esfuerzo importante para intentar alcanzar la consecución de los mismos. Esto indica que las entidades están mejorando su gestión, lo que implica una mejora en la transparencia y por ende mejora la confianza.